Municipalidad: Gestión de préstamo para equipamiento y obra

Locales06/02/2025

Entre los temas previstos para la sesión extraordinaria del HCD convocada para mañana (7/2) figura el proyecto de Ordenanza preparatoria para la gestión de un préstamo proveniente del Baco de la Provincia de Buenos Aires y destinado a la compra de equipamiento y la primera etapa de la obra de remodelación del Hospital Municipal “Mariano Etchegaray”.

El texto del proyecto presentado es el siguiente:

Visto: El expediente 4043-1592/25 por medio del cual el Departamento Ejecutivo solicita autorización para contraer un préstamo por la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES ($ 998.000.000) para la compra de vehículos y maquinarias destinadas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y localidades, como así también para financiar la primera etapa del proyecto de remodelación del Hospital Municipal Mariano Etchegaray; y

Considerando: Que las características del empréstito fueron detalladas a fs. 3 por el Jefe de Gestión Crediticia y Financiera del Banco de la Provincia de Buenos Aires;

Que el pago del mismo será garantizado mediante la afectación de los recursos recibidos por el régimen de coparticipación de impuestos nacionales y provinciales (Ley 10.559 y modificatorias).

Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General La Madrid, en uso de sus atribuciones, sanciona lo siguiente: Ordenanza Preparatoria

Artículo 1°. Facultase al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un empréstito de hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES ($ 998.000.000).-

Artículo 2°. El préstamo que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:

• Tipo de operación: préstamo amortizable a interés vencido.

• Sistema de amortización: alemán (cuotas de capital constantes a partir de la finalización del período de gracia).

• Periodicidad de los servicios: mensual.

• Vencimiento de los servicios: Las cuotas vencerán el mismo día de la liquidación del préstamo de los meses siguientes.

• Plazo: 48 meses, con un período de gracia de 12 (Doce) meses para el pago de capital. Los servicios de intereses serán pagaderos mensualmente desde el primer mes a partir de la efectivización.

• Tasa de interés: hasta 42% TNA vencida.

• Forma de pago: débito en cuenta corriente.

• Garantía: cesión de los derechos sobre los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente.

Artículo 3°. El empréstito será destinado a:

A).- COMPRA DE BIENES, hasta la suma de $698.000.000 (pesos seiscientos noventa y ocho millones), a saber:

Secretaría de Obras y Servicios Públicos:

• Camioneta tipo Ranger doble cabina 4x4 / Chevrolet doble cabina 4x4

• Retroexcavadora

• Tractor 160 hp tipo Paunny / Deutz

• Camión con capacidad de carga 3.200 Kg

• Motoniveladora

Delegaciones (Las Martinetas, Pontaut y Líbano):

• (3) Camionetas tipo Volkswagen Saveiro

Dirección de transporte:

• Combi 19 asientos

B).- REFORMAS EDILICIAS del Hospital Municipal Mariano Etchegaray por $300.000.000, destinado a la primera etapa del proyecto de remodelación.

Artículo 4°. La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente al Banco a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente.

Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.

A pedido del Banco, esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de los derechos de la recaudación de tasas municipales.

Artículo 5°. El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

Artículo 6°. Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación.

Artículo 7°. Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de que proceda a emitir el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes 12462 y 13295.

Artículo 8°. Posteriormente, gírese la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a efectos de que proceda a tomar la intervención de su competencia.

Artículo 9°. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

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