


A pocas horas de las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires, la Junta Electoral definió los nuevos valores para las personas que no acudan a votar este domingo 7 de septiembre.


De acuerdo a lo informado, para estos comicios de dispuso que la multa sea cuatro veces más cara para quienes no justifiquen su inasistencia al cuarto oscuro. Así, no acudir a la votación y no justificar la violación a la obligación de emitir el voto podría costar entre $1.000 y $2.000, cuando la sanción estaba entre los $50 y los $500 en las elecciones presidenciales de 2023.
El artículo 137 de la Ley 5.109 indica que “se sancionará económicamente a todas aquellas personas que no cumplan con su deber cívico, en caso de que no cuenten con algunas de las condiciones que te eximen de la votación”.
La normativa expresa que todos los ciudadanos argentinos, de entre 18 y 70 años, tienen la obligación de votar en las Elecciones Legislativas del 7 de septiembre en la Provincia de Buenos Aires.
Si no regulariza la situación, justificando la inasistencia, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección, la persona quedará incluida en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que le impedirá acceder a cargos o empleos en la administración pública.
Quiénes no están obligados a votar en Argentina
· Personas que se encuentren a más de 500 km de su lugar de votación
· Jueces de mesa
· Policías en funciones
· Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor documentada
· Menores de 18 años
· Mayores de 70 años