Cannabis La Madrid S.A.P.E.M.

Locales11/09/2025

El 5 de diciembre de 2022 el HCD de General La Madrid celebró la cuarta sesión extraordinaria de ese año. En esa reunión se presentaron dos proyectos importantes provenientes del DE, el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2023 y la creación de “Cannabis SA”, siendo ambos girados a comisión. 

Screenshot_20250911-042738_Google

El 4 de enero de 2023 se llevo a cabo la primera sesión extraordinaria del nuevo año y entre el temario previsto estaba el proyecto del Código de Ordenamiento Urbano para la ciudad cabecera del distrito y el despacho de comisión por el que se creó Cannabis La Madrid SAPEM, mediante la Ordenanza 3293/23. 

En la parte resolutiva, esa ordenanza establece:

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a constituir “CANNABIS LA MADRID S.A.P.E.M.”; una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria en los términos de la Ley Orgánica de las Municipalidades, conforme a la modificación efectuada por la Ley 12.929.-

Artículo 2º: Apruébese el Acta Constitutiva y el Estatuto Social que regularán el funcionamiento de “CANNABIS LA MADRID S.A.P.E.M.”, y que se agregan como Anexo I y II, formando parte integrante de la presente.-

Artículo 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a:

a) Realizar la inscripción respectiva ante la Dirección Provincial de Persona Jurídicas, las publicaciones necesarias para su constitución y las modificaciones estatutarias que fueren observadas por la DPPJ para el formal reconocimiento de su personalidad.

b) Realizar la inscripción en organismos administradores de impuestos Nacionales y/o Provinciales.

c) Realizar la inscripción en todo otro organismo que requiera de permisos y habilitaciones para el funcionamiento.

d) Realizar las adecuaciones presupuestarias y los aportes de capital que resulten necesarios para el funcionamiento de la sociedad.

e) Celebrar convenios necesarios para la implementación de la presente Ordenanza.

Artículo 4º: Autorizase la cesión a “CANNABIS LA MADRID S.A.P.E.M.” del lote Nº5 desafectado del plano del Sector Industrial Planificado (Ordenanza Nº 3060/21), por el término de 5 años, renovable automáticamente mientras continúe vigente la personería jurídica, al igual que las hectáreas que autorice el Ministerio de Salud, pertenecientes a la Partida Inmobiliaria 040-577.-

Artículo 5º: Autorizar al Poder Ejecutivo efectuar las adecuaciones del texto del Estatuto Social, a las observaciones que efectúe la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires a los fines de la inscripción de la Sociedad.-

Artículo 6º: De forma.

Screenshot_20250911-042608_Google

Si bien a partir de entonces no hubo ninguna información oficial sobre este organismo, surge ahora que Cannabis La Madrid SAPEM había sido inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas bonaerense con fecha 4 de julio de 2024. 

En la décima segunda sesión ordinaria del HCD, convocada para esta noche (11/9) se habrá de tratar un proyecto enviado por el DE, por el que se proyecta realizar aportes de capital del Municipio a la sociedad anónima creada hace mucho tiempo.

El proyecto a considerar es el siguiente: 

GENERAL LA MADRID, de Agosto de 2025.-

VISTO: El expediente Nº 4.043-1902/15, por el que se gestiona el aporte de bienes municipales a Cannabis La Madrid SAPEM; y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza Nº 3293/23 el Honorable Concejo Deliberante aprobó la conformación de una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, denominada “CANNABIS LA MADRID SAPEM”.

Que la misma fue inscripta por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo la Matricula Nº 163553, en fecha 04/07/2024 (Legajo Nº 279609).

Que el Estatuto prevé un capital social de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000), conforme surge del Artículo Cuarto.

Que conforme surge de la Escritura complementaria Nº18 de la notaria Maricel Hermida, la forma de suscripción del capital social se realizará en especie de acuerdo al inventario de bienes realizados con fecha 15/02/2024.

Que estando tales bienes incorporados al patrimonio municipal, corresponde solicitar autorización al Honorable Concejo Deliberante para su transmisión a la SAPEM.

Que ello encuentra sustento legal en las disposiciones del artículo 45º inc b y e del Decreto-Ley 6769/58, incorporado por Ley 12929, el cual dispone que corresponde solicitar autorización al Honorable Concejo Deliberante para autorizar al Ejecutivo a efectuar los aportes de capital.

Que respecto a la valuación de los bienes a lo que refiere en inciso e de la norma mencionada, se remite certificación contable la que surge de los valores resultantes de la licitación referida a la compra de tales bienes.

Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza

Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a efectuar los aportes de capital a CANNABIS LA MADRID S.A.P.E.M., conforme surge de la Escritura complementaria Nº18 de la notaria Maricel Hermida, y la descripción de los bienes que surgen del Anexo I de la presente.

Artículo 2º: Cúmplase, regístrese, archívese.

Lo más visto