


Mediante la Resolución 6-SSPYSVMTRAGP-2026, la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense, dispuso que el incremento en las multas de tránsito, para los meses de noviembre/diciembre de 2026, sea del 2,58%pasando la Unidad Fija (UF) de $2.281 a $2.340.

Esto se calcula de manera bimestral según el precio del litro de nafta Premium en la sede del Automóvil Club Argentino (ACA) de La Plata.
Con la actualización, las infracciones más graves cometidas en territorio de la provincia de Buenos Aires pueden alcanzar un tope de $2.340.000 (equivalente a 1.000 UF).

La Resolución
MINISTERIO DE TRANSPORTE SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL
RESOLUCIÓN N° 6-SSPYSVMTRAGP-2026
LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 30 de Octubre de 2026
VISTO el EX-2026-38638315-GDEBA-DSTECMTRAGP, mediante el cual se tramita la determinación del valor bimestral de las Unidades Fijas (UF’s), las Leyes N° 13.927, N° 15.477 y los Decretos N° 532/09 y N° 382/22 y modificatorios;
CONSIDERANDO: Que la Provincia de Buenos Aires mediante el dictado de la Ley Nº 13.927 -Código de Tránsito-, siguiendo los lineamientos de la Ley Nacional Nº 24.449, procura la concientización, unificación de criterios y pautas de prevención en la siniestralidad vial y el control del tránsito;
Que el artículo 33, inciso b) del Anexo I del Decreto N° 532/09, con las modificaciones introducidas por su similar N° 1350/18, -reglamentario de dicho Código de Tránsito-, establece que “en el Anexo V de la presente reglamentación se encuentra el Régimen General de Contravenciones y Sanciones en Jurisdicción Provincial por faltas cometidas a la ley. Cada sanción se encuentra expresada en "UF's" (unidades fijas equivalentes a 1 (un) litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata) y en el referido Anexo se determina además el rango mínimo y máximo de UF's a aplicar a cada infracción. Bimestralmente la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial (actual Subsecretaría de Política y Seguridad Vial) publicará en su página Web el valor vigente de cada UF”;
Que la Ley N° 15.477 en su artículo 34, determinó las funciones, atribuciones y responsabilidades del Ministerio de Transporte, entre las que se encuentra, en su inciso 5°, la de “entender en el diseño y ejecución de políticas estratégicas en materia de seguridad vial”;
Que la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial detenta, dentro de sus responsabilidades primarias, las de planificar y desarrollar políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro a nivel provincial y municipal, promoviendo una visión integral de la Seguridad Vial, como así también proyectar la actualización permanente de la legislación en la materia y la normativa complementaria de la Ley de Tránsito;
Que, el Automóvil Club Argentino, sede ciudad de La Plata, ha fijado el valor actual del litro de nafta de mayor octanaje en la suma de pesos dos mil trecientos cuarenta ($2.340,00) según surge de la documentación obrante a orden N° 5;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 15.477, N° 13.927 y los Decretos Nº 532/09 N° 382/22 y modificatorios;
Por ello; EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Establecer, al solo efecto de la determinación del valor de las multas, a partir del día 1° de noviembre del año 2026 y para el bimestre comprendido entre los meses de noviembre y diciembre del mismo año, el valor de 1 (una) UF (unidad fija) en la suma de pesos dos mil trecientos cuarenta ($2.340,00).
ARTÍCULO 2°. Encomendar a la Dirección de Informática y Tecnología, dependiente de la Dirección Provincial de Apoyo y Coordinación Técnico Administrativa de la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial, a publicar el valor establecido en el artículo precedente, en la página web https://infraccionesba.gba.gob.ar/.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA) y publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Eduardo Gabriel Feijoo, Subsecretario.













