Estacionamiento de vehículos pesados

Locales21/04/2021

En la sesión del Concejo Deliberante convocada para el jueves 22 de abril, será tratado un proyecto de Ordenanza relacionado al  estacionamiento de vehículos pesados (camiones. Colectivos, acoplados, carretones, etc.) en la planta urbana local.

El texto del referido proyecto, que fue presentado por el bloque  de concejales del Frente de Todos, es el siguiente:

Visto: La necesidad de mejorar las condiciones de seguridad en relación al tránsito y estacionamiento de nuestra ciudad; y

Considerando: Que el ejecutivo municipal destinó y construyó durante el 2018, un predio para playa de camiones;

Que resulta imprescindible un reordenamiento del tránsito de camiones y maquinarias de gran porte;

Que en estos momentos existe un importante parque de camiones y acoplados, que por su porte y características implican un riesgo para la seguridad de la población, que se quiere preservar; 

Que esto trae peligrosidad a los automovilistas, motociclistas, ciclistas y peatones;

Que los propietarios al no tener un espacio, se llevan los camiones hasta su propiedad, con el perjuicio que trae para los vecinos;

Que esta condición se intensifica en épocas de cosecha, porque a los efectos de cubrir la demanda laboral se incorporan muchos camiones de otras localidades;

Que si bien hay normas de tránsito, las mismas se cumplen a medias por la falta de un lugar apropiado que brinde seguridad para los propietarios;

Que no solo debemos mejorar la seguridad, sino que además al no circular vehículos de gran tamaño, mejoramos la vida útil del asfalto de nuestra ciudad y el mantenimiento de las calles;

Que este espacio no solo reorganizará el tránsito y brindará seguridad, sino además servirá para la higiene de los choferes que se alberguen en el lugar, con sanitarios y duchas, redundando además en puestos de trabajos, como serenos, servicio de limpieza, etc., 

Por ello: El Honorable Concejo Deliberante  de General La Madrid, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona  con fuerza de: Ordenanza                                                    

Artículo 1º: Queda prohibido el estacionamiento de Camiones, camiones y acoplados, semirremolques, ómnibus, carretones, tractores, maquinarias agrícolas, grúas, colectivos y vehículos especiales, cuya longitud supere los 7 metros entre paragolpes  y mayor a 6 toneladas de tara, dado que en la ordenanza Nº 1927/18 se destinó la fracción del terreno Circ. 1, Secc. E, Chacra 213, Parcela 2.

Artículo 2º: Fijase un plazo de 120 días de promulgada la presente ordenanza para que la misma entre en funcionamiento, los vehículos de carga o de gran porte de una longitud mayor a los 7 metros y mayor a 6 toneladas de Tara no podrán estacionarse en la vía pública de la planta urbana municipal, sino que deberán hacerlo en depósitos privados o en la Playa de Camiones.

 Artículo 3º: Se permite el estacionamiento de micros de larga distancia, media y corta en el predio de la terminal de Ómnibus

Artículo 4º: Los Ómnibus y Micro-Ómnibus afectados a servicios turísticos y deportivos, podrán circular estacionar en zona urbana, sin poder pernoctar en la misma. 

Artículo 5º: La Secretaria de Gobierno y La Dirección de Transito será la Autoridad de aplicación del servicio de Playa de Camiones, quedando facultado a establecer el reglamento interno que corresponda a los fines de optimizar el servicio.

Artículo 6º: Cúmplase, regístrese, archívese.

        

 

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