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Con el fin de asegurar la libre asistencia a los establecimientos educativos a todos los alumnos de las escuelas de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense, funciona en todos los distritos un servicio de transporte escolar.
El mecanismo establecido para su implementación se inicia a partir de los informes que las autoridades de los establecimientos educativos deben remitir a los respectivos Consejos Escolares, consignando las listas de asistencia de los alumnos, con los horarios de iniciación de la actividad.
Por su parte, los Consejos Escolares son los responsables de organizar los recorridos de los transportes, licitar y contratar los servicios, para lo cual reciben los fondos de las autoridades provinciales del área.
Para el presente año, en General La Madrid, se organizaron 14 servicios que cubren distintos lugares del sector rural y transportan a los alumnos hasta las escuelas a las que deben concurrir.
Los distintos recorridos fueron cubiertos por tres proveedores, que realizan 11 de los recorridos programados, ya que tres de los mismos quedaron desiertos cuando se los licitó.
Los alumnos que deben ser trasladados, en este momento son 31, domiciliados en distinto lugares del Partido, lo que demanda una inversión anual de $. 5.301.670,22.
Como las partidas no tienen una fecha determinada para ser remitidas por el organismo provincial, desde el Consejo Escolar se gestiona anualmente, ante las autoridades municipales, la colaboración mediante el otorgamiento de un préstamo reintegrable, comprometiendo su devolución en el momento de recibir los fondos remitidos por las autoridades provinciales.
Dado a que los fondos no están previstos en el Presupuesto Municipal vigente, resulta necesario que el aporte sea autorizado por el Concejo Deliberante.
En el transcurso de la sesión ordinaria celebrada el viernes último, el cuerpo deliberativo sancionó la necesaria ordenanza, cuyo texto es el siguiente:
General La Madrid, de Mayo de 2021.-
Visto: La solicitud efectuada por el Consejo Escolar de General La Madrid mediante expediente 4043-3699/21 para el otorgamiento de un subsidio reintegrable de $5.301.670,22 destinado al traslado de alumnos a distintos establecimientos educativos en el presente ejercicio; y Considerando:
Que se trata de un subsidio reintegrable que se ha venido otorgando en años anteriores, y el cual el D.E. tiene la voluntad de continuar para el ejercicio 2021;
Que dicho presupuesto anual ya fue autorizado por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, adjuntándose a fs. 2 el detalle de los recorridos aprobados y será devuelto a la Municipalidad en cuanto se transfieran los fondos para atender dicho concepto;-
Que la Contaduría Municipal a fs. 4 informa la partida correspondiente al gasto.
Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza:
Artículo 1º.: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar un subsidio reintegrable al Consejo Escolar de General La Madrid por la suma de hasta PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 22/100 ($5.301.670,22) destinados a solventar gastos del servicio de transporte, comprometiéndose el Consejo Escolar a devolver dicha suma en el momento que la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires transfiera los fondos para atender dicho concepto.-
Artículo 2º.: Impútese a la partida presupuestaria pertinente, autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º. -
Artículo 3º.: Cúmplase, publíquese, regístrese, archívese.
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