Beneficio en la primera licencia de conducir

Locales22/07/2021

En el temario a tratar por el Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria, convocada para hoy (22/7) figura un proyecto de ordenanza presentado por los integrantes del bloque Cambiemos, vinculado a jóvenes que tramitan por primera vez la licencia de conducir.

Los concejales proponen un beneficio para aquellos jóvenes  que previo a la solicitud del mencionado documento realicen un curso dictado por personal del área de tránsito  municipal.

El texto del proyecto es el siguiente:

Visto: La necesidad de trabajar sobre la Educación permanente en Seguridad Vial en nuestra ciudad, fundamentalmente entre los jóvenes con el objeto de mejorar tanto la seguridad propia como de terceros.

Que en el ámbito de la provincia de Buenos Aires se debe dar cumplimiento a la ley provincial 13.348 y la ley nacional 27.214/15 lo cual establece en el Art 1” declárese obligatoria la enseñanza vial en los establecimientos correspondiente a la educación secundaria superior dependientes Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires; y Considerando:

 Que existe la necesidad de realizar acciones que posibiliten la conducta de un cambio vial para mejorar la situación en nuestra ciudad en donde se pone en ocasiones en riesgo la vida de los jóvenes, se hace prioritario nuevas acciones preventivas en lo referente a educación y seguridad vial.

 Que se ha demostrado en varios municipios desde hace años que dicha experiencia tiene resultados alentadores en cuanto al número de participantes que finalmente lograron los objetivos propuestos ,con conocimientos relativos a las normas de transito que posibilitan el cuidado de la vida de cada uno de los concurrentes como así también de todos los ciudadanos .

Que lo más importante del programa es el registro voluntario de los jóvenes y su propósito de formar conductores comprometidos con las normas de transito.

 Que quienes concurran y aprueben el curso serán eximidos por la Municipalidad  en el 100 % en lo que respecta a gastos para tramitar el carnet de conducir.

Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza.

Artículo 1: Exímase de la obligación del pago del 100% de la tasa municipal de emisión de licencia de conducir, exigido por la municipalidad de General la Madrid para el otorgamiento del primer carnet de conducir a quienes presenten la certificación del cumplimiento  de Educación Vial  dictado por la Municipalidad de General La Madrid 

Artículo 2: Están contemplados en la presente todos los jóvenes  del distrito que tengan entre 16 años y 9 meses de edad y hasta 20 años inclusive y que saquen su Primer Carnet de conducir. Sera obligatorio la realización del curso Educación  vial.

Artículo 3 : A fin de acceder al beneficio enunciado en el art. 1 será  carácter obligatorio la realización del curso  , para los jóvenes que residen en la localidad cabecera como también   para los jóvenes residentes en las demás localidades del distrito .

Artículo 4: Establecerse que para dar cumplimiento a la presente será indispensable presentar ante el organismo competente de la Municipalidad la acreditación de la aprobación del examen final de curso  y la certificación de asistencia al curso ya sea de forma virtual o presencial, en los casos comprendidos en el artículo 3.

Artículo 5: Los responsables del curso será personal Municipal capacitado específicamente para esta ordenanza perteneciente a Transito Municipal.

Artículo 6: El programa se se implementara en ediciones de cuatro jornadas de dos horas cada una de ellas, con contenidos que se abordaran en cuatro unidades temáticas por los lineamientos establecidos en la normativa vigente que exija la agencia Provincial de Seguridad Vial.

Artículo 7: De Forma.

 

 

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