


En la cuarta sesión ordinaria del Concejo Deliberante convocada para hoy (28/4), entre los temas a tratar figura un proyecto de Comunicación por el que se solicita al Departamento Ejecutivo gestione la instalación de un Centro de Atención Primaria de la Salud, en el sector urbano denominado Barrio Ex Autódromo.


En los últimos años ese sector urbano es el que ha experimentado un crecimiento muy importante y entre las prioridades a concretarse para uso comunitario figura la habilitación de un lugar para asistir a quienes requieran alguna asistencia médica.
El proyecto
La documentación presentada ante el HCD peticionando la habilitación del CAPS es la siguiente
Visto: Que el sector conocido como ex Autódromo ha sido loteado, y que se han implantado innumerable cantidad de viviendas y que a la fecha ya se han radicado muchas familias en las mismas y, Considerando:
Que los Centros de Atención Primaria de la Salud –CAPS- son los establecimientos a través de los cuales la comuna brinda asistencia sanitaria esencial.
Que en el Partido de General La Madrid funcionan actualmente 4 CAPS, todos dotados de tecnología y con profesionales de salud capacitados.
Que la política de atención de la salud pública está pensada para atender las necesidades de la comunidad en sus diferentes edades.
Que se hace necesario contar con una Sala de Primeros Auxilios en dicho predio (posible lugar podría ser donde se encuentra la perrera)
Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de Comunicación:
Artículo 1: Solicitamos al DE que gestione la instalación de un CAPS en el predio del Ex Autódromo para garantizar un lugar de cercanía para las atenciones primarias de la Salud.
Artículo 2: Que mediante la ordenanza 3113/21 se establezca junto a los vecinos el nombre de la misma.
Artículo 3: Coordinar con la Secretaria de Salud para la afectación del personal especializado una vez que se tenga el lugar designado y acondicionado.
Artículo 4: Cúmplase regístrese archívese.

