Agregado al Código Municipal de Faltas

Locales03/08/2022

La sanción de la Ordenanza de Regulación del uso de agroquímicos y plaguicidas, por parte del Concejo Deliberante local, determinó que al Código Municipal de Faltas se le agregaran las sanciones para quienes no cumplan con dicha norma legal.

El cuerpo deliberativo dispuso el agregado necesario, que se constituyó en la Ordenanza 3222/22, la que fue redactado de la siguiente forma:

Art. 1°. Incorpórese  al Artículo 71bis al Título II Faltas contra la sanidad e Higiene Capítulo I.

Art. 2°. El mismo quedará redactado de la siguiente manera: Toda persona física o jurídica que elabore, formule, fracciones, distribuya, comercialice, transporte, almacene, manipule y/o aplique productos  agroquímicos  y/o plaguicidas e infraccione la normativa vigente será sancionado con multas de seiscientos (600) a cuatro mil (4000) módulos . Llamado de atención, apercibimientos, interdicción de predios y/o decomiso de los productos y/o mercadería contaminada  y/o de los elementos utilizados  para cometer la infracción. Suspensión y/o baja  del Registro correspondiente, inhabilitación temporal  o permanente, clausura total, parcial o permanente  de los locales y depósitos, secuestro de equipos de aplicación y(o vehículos utilizados para cometer la infracción.

Art. 3°. De forma.

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