Desfibriladores para todos

Locales 28 de enero de 2023

Durante la sesión celebrada por el Concejo Deliberante en la noche del jueves último (26/1) se trató y aprobó un proyecto de Ordenanza por la  que se establece la obligatoriedad de instalar Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) en el Polideportivo Municipal y en el Balneario “Eduardo Baraboglia”, como prevención de muertes súbitas.

Si bien el tema fue aprobado por unanimidad, se expresó que en la actualidad y en el ámbito municipal, se dispone de 12 DEA. Seis fijos en el Hospital “Dr. Mariano Etchegaray”, uno en cada Delegación Municipal, uno en una ambulancia y otro en el Balneario, que permanece en el lugar durante toda la temporada de actividad en el mismo.

También se sugirió que sería interesante que en todo espectáculo público se disponga de un DEA, como método preventivo.

El texto de la Ordenanza aprobada es el siguiente:

General La Madrid, 24 de Enero de 2023

Visto: La ley Nacional N° 27.159. Muerte Súbita. Sistema de prevención integral. 

La necesidad de disponer instrumentos útiles para prevenir eventos de muertes súbitas en espacios públicos, y Considerando:

Que un DEA (Desfibrilador Externo Automático) es un dispositivo electrónico portátil que diagnostica, analiza y busca ritmos cardíacos desfibrilables, notifica al rescatista si existe la necesidad de una desfibrilación y, de ser así, aplica una descarga eléctrica que puede ayudar a restablecer el ritmo cardíaco cuando una persona sufre un paro cardíaco.

Que la enfermedad cardiovascular es la causa más común de muerte en personas mayores de 40 años en el mundo, según la Fundación Interamericana del Corazón (FIC). En Argentina se producen 100.000 muertes al año por afecciones cardíacas, el 70% de estas muertes ocurren fuera de los hospitales.

Que un desfibrilador es un dispositivo que salva vidas, instalados en lugares con gran afluencia de público, disponen muchos de ellos con instrucciones sencillas y precisas, de modo que cualquier persona sin formación previa puede actuar y salvar una vida, garantizando la cardioprotección.

Que, si a una víctima de muerte súbita se le practica maniobras de RCP y se utiliza un desfibrilador dentro de los primeros tres minutos, la posibilidad de que llegue con vida al hospital es del 70%.  

Que para que se pueda implementar el uso del desfibrilador automático (DEA), fuera del ámbito hospitalario y por personas que no sean profesionales de la salud, es de vital importancia realizar capacitación, ya que es fundamental para el correcto uso de los desfibriladores automáticos, permitiendo que la mayor cantidad de personas sepan hacer funcionar el mismo en el momento de encontrarse frente a un individuo sufriendo un ataque cardiovascular.

Que actualmente en nuestro distrito no está legislada la existencia de DEA, si bien hay espacios públicos que cuentan con uno y personal idóneo entrenado para su uso ante una emergencia, es imprescindible regular esta situación estableciendo un marco legal que fije la responsabilidad de los lugares que concurre mucha gente y que los rescatadores puedan operan con resguardo. 

En el Polideportivo Municipal existen durante todo el año actividades acuáticas/ deportivas; espectáculos deportivos y eventos donde se debe contar con la seguridad de este dispositivo, como así también en el Balneario Municipal principalmente en temporadas de verano en las que asisten numerosas personas. 

Que el presente proyecto recoge la realidad precedentemente descripta al establecer la obligatoria disponibilidad de uso en estos lugares (Balneario Municipal y Polideportivo Municipal) de significativa concentración y que el DEA pueda ser usado por cualquier persona capacitada y entrenada a tal fin.

Por ello: El Concejo Deliberante de General La Madrid en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza 

Articulo 1º.- Establécese la obligatoriedad de instalar en el Polideportivo Municipal y en el Balneario Municipal el uso de Desfibriladores Externos Automáticos (DEA), instrumento apto para que cualquier persona que carezca de conocimiento de reanimación cardiopulmonar, pueda asistir a otra que esté sufriendo un paro cardíaco. 

Artículo 2º.- Promover capacitaciones en el uso de DEA a personas de la comunidad 
Articulo 3º.- Autorícese a la compra de, al menos, 2 (dos) Desfibriladores Externos Automáticos tanto para el Balneario como para el Polideportivo Municipal, impútese a la partida que corresponda

Artículo 4º.- Comuníquese, regístrese, archívese.