Ley de Generación Distribuida

Provinciales 06/04/2023

A partir de ayer (5/4) los vecinos y vecinas de la provincia de Buenos Aires podrán convertirse en “usuarios-generadores” instalando paneles solares en sus domicilios. La resolución publicada en el Boletín Oficial, define que los usuarios y usuarias pueden autogenerar energía renovable y entregar el excedente a la red eléctrica, recibiendo una remuneración por ello. 

Para promover esta actividad, la Provincia incorporó dos exenciones impositivas por 12 años: el impuesto a los Ingresos Brutos por la inyección de los excedentes de energía renovable a la red de distribución, y el impuesto de sellos a los contratos que suscriban los usuarios con las empresas distribuidoras. 

Adicionalmente, los usuarios y usuarias que entreguen su excedente recibirán descuentos en sus facturas de electricidad, equivalentes al costo de la energía mayorista evitado por la distribuidora. 

La posibilidad de generar e inyectar energía en forma particular no sólo genera ahorros en las facturas del servicio eléctrico, sino también permite un uso más eficiente de la misma, y promueve hábitos de cuidado ambiental imprescindibles para el futuro. 

Paso a paso la implementación 

●    El usuario titular del suministro eléctrico debe presentar ante la Distribuidora la información acerca del equipo de generación distribuida que desea conectar, los planos de las instalaciones, y los datos del responsable de la instalación que ejecutará la obra.

●    La Distribuidora deberá realizar el estudio de factibilidad técnica de conexión en los plazos establecidos. 

●    Una vez que la Distribuidora aprueba la conexión, el responsable de la instalación deberá verificar las condiciones para la conexión, llevando a cabo los procedimientos establecidos para cada tecnología y tipo de instalación. 

●    La instalación incluirá 2 medidores: uno de medición bidireccional para registrar el intercambio con la red de la Distribuidora, un medidor unidireccional que registrará la demanda total del usuario y un sistema asociado de registro y transmisión de datos. 

●    Cumplida la instalación, la Distribuidora y el usuario suscribirán el Contrato de Generación Eléctrica domiciliaria bajo Modalidad Distribuida.  

●    El usuario se convertirá en “usuario - generador” cuando la Distribuidora le confiera el ALTA, a partir de la presentación de la documentación ante el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER). Luego debe expedir el Certificado de Usuario Generador que le permitirá obtener los beneficios impositivos. 

●    El RUGER - que es donde constarán los usuarios generadores (UG) inscriptos por las distribuidoras provinciales y municipales de energía eléctrica- se encuentra en el ámbito del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA).

●    Los usuarios generadores del área de concesión de EDENOR S.A. y EDESUR S.A.  deberán informar al OCEBA que poseen el correspondiente Certificado de usuario generador expedido por la Autoridad Nacional. A su vez, el RUGER notificará al ARBA sobre el certificado, la que luego conferirá las exenciones impositivas establecidas por Ley Provincial N° 15.325.

 

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