


Las particulares circunstancias que nos ha tocado vivir en este 2020, que ya está concluyendo, poco ha dejado, pero seguro que si algo se puede rescatar es la toma de conciencia que el cuidado personal sumado al de otros, da como resultado el cuidado colectivo.


Pero si la protección es nada más que para el Covid, una vez superada la pandemia, solo quedará lo anecdótico. El tema, me parece, tiene que ser integral, cuidarnos todos de todo.
Y entrando en el tema, en la legislatura provincial, el 29 de setiembre de 1988, fue sancionada la ley 10.969, relacionada a la salud pública, productos agroquímicos, fertilizantes, plaguicidas y contaminación ambiental.
El artículo 1° de esta ley establece: Son objetivos de la presente ley la protección de la salud humana, los recursos naturales y la producción agrícola a través de la correcta y racional utilización de los productos mencionados en el artículo siguiente, como así también evitar la contaminación de los alimentos y del medio ambiente.
Por su parte, en el Artículo 2°: Quedan sujetos a las disposiciones de esta ley y sus normas reglamentarias dentro del ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la elaboración, formulación, fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, comercialización o entrega gratuita, exhibición, aplicación y locación de aplicación de: insecticidas, acaricidas, nematodicidas, fungicidas, bactericidas, antibiótico, mamalicidas, avicidas, feromonas, molusquicidas, defoliantes, y/o desecantes, fitorreguladores, herbicidas, coadyuvantes, repelentes, atractivos, fertilizantes, inoculantes y todos aquellos otros productos de acción química y/o biológica no contemplados explícitamente en esta clasificación, pero que sean utilizados para la protección y desarrollo de la producción vegetal.
Mediante reglamentaciones y distintas modificaciones se han ido introduciendo actualizaciones, manteniendo la legislación original. En el transcurso del año 2018, se dictó una normativa fitosanitaria, a la que adhirieron unos 40 municipios entre los que no figuraba nuestro distrito, y pese a que conservaba su vigencia, luego fue cuestionada.
De acuerdo a lo que uno puede observar, poco se hace al respecto y queda librado al buen o mal criterio de quienes usan estos productos el nivel de acatamiento.
Hay terrenos en la planta urbana, en sectores densamente poblados que en determinadas épocas del año, quedan invadidos por pastizales y malezas. Hay un caso puntual que para “solucionar” el problema se lo fumiga “vaya uno a saber” con qué producto. El resultado, el pastizal se seca y luce un característico color amarillo, pero por la generosidad de la aplicación, el efecto se traslada a los vecinos que ven morir árboles y plantas que con mucho esfuerzo, vieron crecer.
Eso respecto a los vegetales, con relación al medio ambiente no disponemos los habitantes de este pueblo una forma sencilla de evaluarlo. Ni eso ni los efectos directos sobre la salud de todos.
En el ámbito de la Secretaría de Obras y Servicios existe un organismo al que se denomina, precisamente, “medio ambiente” debería ser este el lugar del reclamo, aunque lo ideal sería que no se actuara por denuncias, sino aplicando las reglamentaciones vigentes y previnieran antes de buscar remedios tardíos.

