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En el marco de la octava sesión ordinaria, el Concejo Deliberante deberá analizar un proyecto de Ordenanza relacionado con un préstamo para la adquisición y colocación de calefactores en escuelas del distrito.
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El pedido, formulado por el Consejo Escolar consigna que los fondos pedidos se habrá de reintegrar cuando la Dirección General de Cultura y Educación remita la partida comprometida.
El proyecto de Ordenanza es el siguiente:
General La Madrid, Junio de 2023.-
Visto: La solicitud efectuada por el Consejo Escolar de General La Madrid mediante expediente 4043-0469/23 para el otorgamiento de un subsidio reintegrable $2.400.705,00 aprobado por la Dirección General de Cultura y Educación para adquisición de “Equipos de refrigeración”; y Considerando:
Que el monto solicitado asciende a la suma de Pesos dos millones cuatrocientos mil setecientos cinco con 00/100 ($2.400.705,00);
Que se solicita el otorgamiento de dicho subsidio para la adquisición y colocación de Calefactores en distintas instituciones educativas, y realización de obras de gas en las mismas;
Que la Contaduría Municipal a fs. 5 informa la partida correspondiente al gasto. -
Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza
Artículo 1º. Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar un subsidio reintegrable al Consejo Escolar de General La Madrid por la suma de pesos dos millones cuatrocientos mil setecientos cinco con 00/100 ($2.400.705,00), destinado a la adquisición, colocación de calefactores y obra de gas comprometiéndose el Consejo Escolar a devolver dicha suma en el momento que la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires transfiera los fondos para atender dicho concepto
Artículo 2º. Impútese a la partida presupuestaria pertinente, autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º.
Artículo 3º. Cúmplase, publíquese, regístrese, archívese.
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