El Concejo Deliberante de General La Madrid volverá a reunirse hoy (4/7) a partir de las 20.00 horas, en la que será la cuarta sesión ordinaria del presente año.
En la oportunidad se habrá de tratar el decreto de convocatoria y luego un Despacho de la Comisión de Reglamento, Poderes y Asuntos Legales, en el expediente 4043-1160, sobre la autorización al Departamento ejecutivo para establecer un convenio con Provincia Leasing para compra de una Planta Móvil de Hormigón.-
El proyecto de Ordenanza
El proyecto de Ordenanza para autorizar la firma del convenio para la compra de la planta hormigonera mediante leasing, sobre el que ahora se ha emitido despacho, es el siguiente:
Visto: El Expte. 4043-1160/24 Ref. a: “Autorización convenio con Provincia. Leasing para compa de planta móvil de Hormigón” para adquisición de Planta Hormigonera móvil; y
Considerando: Que se solicita autorización para la adquisición de una planta hormigonera móvil con motor a explosión Diesel con sistema insonorización;
Que se utilizara para la fabricación de hormigón in-situ en obras de cordón cuneta, pavimentos de hormigón, bacheos, etc.
Que contar con dicha maquinaria permitirá una optimización de los recursos tanto materiales como humanos.
Que el leasing es una herramienta financiera muy importante para el desarrollo de la gestión de Gobierno de las Comunas de la Provincia de Buenos Aires.
Que el Departamento Ejecutivo requiere que se lo autorice a formalizar contratos de leasing.
Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza
Artículo 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. contrato de leasing en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Art. 156 inc. 2 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras:
Destino: Adquisición de Planta Hormigonera Móvil con motor a explosión Diesel con sistema de insonorización.
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: treinta y seis (36) meses.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. A pedido de Provincia Leasing S.A., esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de los derechos de la recaudación de tasas municipales. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el/los contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes.
Artículo 3°: El bien adquirido en leasing será destinado a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de General La Madrid.
Artículo 4°: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente.
Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing. –
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación. –
Artículo 6°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes. –
Artículo 7º: Impútese los gastos originados por el art.1º a la siguiente partida:
· Jurisdicción: Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
· 41.02.00 Servicios Planta Urbana.
· 3.2.2.0 Alquiler de maquinarias, equipos y medios de transporte.
Artículo 8°: Comuníquese a quienes corresponda, dese al Registro General, cumplido, archívese. -