La Provincia ultima detalles para desembolsar la tercera cuota del Fondo de Fortalecimiento

Provinciales 16/07/2024

Para cumplir con lo pautado con respecto al Fondo de Fortalecimiento Fiscal Municipal, la Provincia se prepara para depositar la tercera cuota de dichos fondos de libre disponibilidad para fortalecer las arcas municipales.

La primera cuota de dichos fondos se destinó a mediados de febrero, la segunda durante el mes de abril, y la tercera deberá depositarse antes del 31 de julio, según lo estipulado por la ley N°15.480.

imagen fortalecimiento Municipal

De acuerdo a lo publicado en la última edición del Boletín Oficial bonaerense, el monto que desembolsará la Provincia es de $11.600.000.000, sobre un total de $116.000.000.000. De acuerdo a la normativa, queda una cuota que deberá depositarse antes del 31 de octubre.

En el último depósito por parte de la Provincia, hubo varias quejas por parte de intendentes opositores por tener que asistir a un evento en el Teatro Argentino para recibir el dinero por parte de la Provincia.

De acuerdo a lo establecido en la normativa, dichos fondos se dividirán entre los 135 municipios mediante el Coeficiente Único de Distribución previsto en la Ley N° 10.559.  Todavía no se sabe cuándo recibirán dicho monto los 135 municipios pero, de acuerdo con la normativa, deberán enviarse a todos los distritos antes del 31 de julio.
LaTecla.info

Resolución 49

MINISTERIO DE ECONOMÍA 

RESOLUCIÓN N° 49- MECONGP-2024 

                                                                                                                         LA PLATA, BUENOS AIRES 

                                                                                                                       Viernes 26 de Enero de 2024

 

 VISTO el EX-2024-02676642-GDEBA-DAEPYIYSPMECONGP, mediante el cual se gestiona una adecuación al Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley Nº 15394, prorrogado para el Ejercicio 2024 en los términos del DECRE-2024- 12-GDEBA-GPBA, y 

CONSIDERANDO: Que a través del artículo 32 de la Ley N° 15480 se creó, para el Ejercicio Fiscal 2024, el Fondo de Fortalecimiento Fiscal Municipal por la suma de pesos CIENTO DIECISEIS MIL MILLONES ($116.000.000.000) para distribuir entre todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, instituyendo como Autoridad de Aplicación, al Ministerio de Economía; 

Que en ese sentido, se garantiza la integración del mencionado Fondo con recursos de Rentas Generales, estableciéndose la siguiente forma de pago: un diez por ciento (10 %) antes del 15 de febrero de 2024, un treinta por ciento (30 %) antes del 30 de abril de 2024, un treinta por ciento (30 %) antes del 31 de julio de 2024 y un treinta por ciento (30 %) antes del 30 de octubre de 2024;

 Que por otra parte, se determina que la asignación del Fondo de Fortalecimiento Fiscal Municipal a cada municipio se realizará mediante el Coeficiente Único de Distribución previsto en la Ley N° 10.559 para el ejercicio 2023; 

Que consecuentemente, corresponde efectuar los ajustes presupuestarios necesarios, con arreglo a las disposiciones antes enunciadas; Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, y se ha expedido favorablemente Contaduría General de la Provincia; 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 17 y 20 de la Ley Nº 15394 de Presupuesto General Ejercicio 2023, prorrogada para el Ejercicio 2024 en los términos del DECRE-2024-12-GDEBAGPBA; 

Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 12/24 EL MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE 

ARTÍCULO 1º. Incorporar al Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley Nº 15394, prorrogado para el Ejercicio 2024 en los términos del DECRE-2024-12-GDEBA-GPBA - Jurisdicción 1.1.1.99.00.000 - Unidad Ejecutora 244 - Programa 6 - Finalidad 1 - Función 4 - Subfunción 2 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 5 - Principal 3 - Parcial 2 - U.G. 999, la Actividad 22: Fondo de Fortalecimiento Fiscal Municipal y la Subparcial 969: Cumplimiento artículo 32 Ley 15480. 

ARTÍCULO 2º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15394, prorrogado para el Ejercicio 2024 en los términos del DECRE-2024-12-GDEBA-GPBA - Sector Público Provincial no Financiero - Administración Provincial - Administración Central, una transferencia de créditos por la suma de pesos once mil seiscientos millones ($11.600.000.000.-), conforme el detalle del ANEXO ÚNICO (IF-2024-02703015-GDEBA-DPPPMECONGP) que forma parte integrante de la presente Resolución. 

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Ministerio de Gobierno. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. 

Pablo Julio López, Ministro.

Lo más visto