---
canonical_url: "https://ahoralm.com.ar/contenido/7579/que-tramite-debe-realizar-quien-no-voto"
title: "¿Qué trámite debe realizar quien no votó?"
article_type: "Article"
main_image: "https://ahoralm.com.ar/download/multimedia.normal.b89042db1ba56781.U2NyZWVuc2hvdF8yMDIzMDgxNC0wNTQ3MzhfV2hhdHNfbm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2023-08-17T05:21:00-03:00"
date_modified: "2023-08-17T05:22:41-03:00"
category_name: "Interés General"
category_url: "https://ahoralm.com.ar/categoria/11/interes-general"
---

# ¿Qué trámite debe realizar quien no votó?

El voto tanto para las elecciones PASO como para las generales de octubre es obligatorio para las y los ciudadanos de entre 18 y 70 años.

Quienes no concurrieron a votar el domingo 13 de agosto y no pueden justificar su ausencia, deberán ingresar al sitio web de la Justicia Nacional Electoral y pagar la multa correspondiente en el Registro de Infractores. Allí van a poder verificar también si registran alguna infracción previa vinculada a una ausencia en elecciones anteriores. Los montos dependen del número de infracciones acumuladas y parten de $50.

Cabe destacar que las multas aplican únicamente a las y los ciudadanos con obligación de ejercer el voto, es decir, aquellos que tengan entre 18 y 70 años. Para los mayores de 70 y los jóvenes de entre 16 y 18 años, el voto es optativo.

Asimismo, quienes se encuentren habilitados y cuenten con alguna de las siguientes justificaciones, no serán multados:

· Estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, de forma suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.

· Ser juez o auxiliar de la justicia que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

· Revistar entre personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan asistir al comicio durante su desarrollo.

· Encontrarse el día de la elección a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y puedan explicar que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana o en sede consular si están en el exterior.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
