


El Gobierno de la provincia de Buenos Aires estableció cómo se implementará el Fondo de Infraestructura Municipal (FIM) durante el ejercicio del 2021. Los recursos de 12.000.000.000 destinados a los distritos bonaerenses solamente serán destinados para obras y no se podrán girar para gastos corrientes.


A través del decreto 94 publicado este lunes 1 de marzo en el Boletín Oficial provincial, el Poder Ejecutivo detalló cómo se repartirán los fondos para los municipales y aclaró que solo se podrán usar para obras y no para otro tipo de gastos. La medida lleva la firma del gobernador Axel Kicillof, los ministros Agustín Pablo Simone (Infraestructura), Teresa García (Gobierno), Pablo López (Economía), y el jefe de Gabinete Carlos Bianco.
La resolución establece que "los recursos del Fondo de Infraestructura Municipal, en el marco de las disposiciones del artículo 45 de la Ley N° 15.225, deberán ser destinados por los municipios al financiamiento -total o parcial- de obras municipales de infraestructura, conforme artículos 1° y 2° de la Ley N° 6.021 o norma que en el futuro la reemplace. En ningún caso, el municipio podrá utilizar los fondos percibidos para financiar gastos corrientes u operativos".
"Será requisito esencial, a los fines del otorgamiento de los recursos establecidos en el artículo precedente, la acreditación de la propiedad, posesión o uso del predio donde se asentará o realizará la obra solicitada", añadió el decreto.
También se recordó que la Ley N° 15.225 creó para el Ejercicio 2021 el FIM destinado a financiar total o parcialmente obras municipales de infraestructura "por la suma de 12.000.000.000 de pesos".
El FIM fue aprobado en la Legislatura para obras de infraestructura en los municipios
Asimismo, se indicó que "para la efectiva distribución de los recursos del Fondo de Infraestructura Municipal, el municipio requirente deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación la solicitud de los proyectos de obra a realizar mediante nota suscripta por el Intendente Municipal e informar la cuenta bancaria específica para el depósito de los fondos, perteneciente al Banco de la Provincia de Buenos Aires".
"Dicha solicitud deberá estar acompañada de la correspondiente memoria descriptiva, memoria técnica, cómputo y presupuesto, planos, plan de trabajo, titularidad del predio a intervenir, localidad, georreferenciación, área responsable del municipio, número de cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires en la que deben depositarse los fondos y fecha estimada de inicio de obra y de finalización", añadió.
Además, la medida que establece el FIM señaló que "la Autoridad de Aplicación procesará y dará curso al proyecto de obra presentado por el municipio de acuerdo a la no superposición con otros proyectos realizados por la provincia de Buenos Aires, su conveniencia y la sujeción del proyecto de obra a las necesidades de la Provincia en materia de infraestructura".
Finalmente, "una vez procesado el proyecto de obra por la Autoridad de Aplicación, el municipio podrá solicitarle el desembolso de un treinta por ciento (30%) del monto subsidiado en concepto de anticipo financiero, antes del 31 de marzo de 2021, y un veinte por ciento (20%) adicional antes del 30 de junio de 2021".
"En el caso de proyectos de obra que fueran presentados con posterioridad al 10 de marzo de 2021, la Autoridad de Aplicación procesará el proyecto en un plazo máximo de veinte (20) días corridos a partir de la fecha de su presentación, y a solicitud del municipio, gestionará el desembolso del anticipo financiero correspondiente al treinta por ciento (30%) en un plazo de siete (7) días corridos, siempre que la comuna haya presentado el proyecto previamente en los plazos mencionados", concluyó.

