


El denominado Fondo Educativo, es un recurso de coparticipación federal que llega a los municipios para gastos de infraestructura y mantenimiento escolar. Mediante su utilización fue concretada la primera etapa de construcción del edificio de la Escuela de Educación Secundaria Técnica N° 1 de General La Madrid, en un predio lindante a la Escuela Primaria N° 8, limitado por las calles Laplacette – Los Hinojos – Belgrano y la E P. mencionada.


El edificio, construido por la empresa local FDB Construcciones – Jose Rastelli, tiene una superficie de 527,80 m2, distribuidos en seis aulas - taller; oficina técnica; sanitarios y sector de cocina, fue oficialmente inaugurado el pasado 11 de agosto, con la presencia de autoridades municipales y el titular de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, Alberto Sileoni.
En esa oportunidad el funcionario provincial y el Intendente Municipal, Dr. Martin Randazzo, suscribieron el convenio respectivo para la realización de la segunda etapa de lo proyectado para la escuela.
Con frente a la calle Belgrano, la obra a realizar consta de dos plantas, en las que estarán seis aulas, Preceptoría, Sala de profesores, Dirección, Secretaria, Hall de acceso a planta baja y alta, Portería, Baños de Profesores y Área de circulación.
La Municipalidad de General La Madrid, para concretar esta nueva etapa del edificio convocó la licitación pública 05/2025, con un presupuesto oficial de $. 1.068.504.238,05.

El día lunes 13 de octubre último, se procedió a la apertura de propuestas, habiéndose recepcionado seis ofertas, las que fueron presentadas por Gaetano Ingeniería SRL, Generación de Iniciativas Constructivas SA, Giugivan SRL, Nugenser SA, Jose Rastelli y Cooperativa de Trabajo El Aguacero LTDA, con valores que oscilaron entre los $. 1.246.996.289,67, la más alta hasta $. 824.614.712,88 la de monto menor.
Mediante el Decreto 1048/25 se procedió a adjudicar la obra al empresario local Jose Rastelli, fundamentando esta decisión en los considerandos del documento, en donde se expresa:
Considerando: Que habiéndose realizado el acto de aperura de las propuestas y efectuada la comparación económica de las ofertas, y de conformidad con el dictamen de pre adjudicación, se recomienda la posibilidad de hacer uso de lo establecido en el artículo 156 bis de la LOM, el cual establece que: “En todos los procedimientos de contratación –Licitación Pública, Licitación Privada, Concurso de Precios o Contratación Directa- podrá aplicarse el principio de prioridad de contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el Partido donde se realice la contratación, siempre que existan condiciones similares de precios y calidad respecto de ofertas presentadas por personas físicas o jurídicas con domicilio o establecimiento en otras jurisdicciones”.
Que el contratista RASTELLI JOSE ha ejecutado la construcción de la primera etapa de la EEST N° 1 de manera satisfactoria, sin inconvenientes técnicos, hecho que se tiene en consideración para la continuidad de la obra con la segunda etapa.
Que conforme a ello y haciendo uso de la mencionada normativa, el Departamento Ejecutivo considera procedente realizar el correspondiente acto administrativo de adjudicación al Sr. Rastelli José”.
Y en la parte resolutiva expresa lo siguiente: “Artículo 1°. Adjudíquese al Sr. Rastelli Jose la Obra construcción de EEST N° 1 segunda etapa en General La Madrid, por la suma de Pesos ochocientos cuarenta y cinco millones cuatrocientos cincuenta con 08/100 ($. 845.450.000,08) por resultar la oferta más conveniente económicamente”.-






