


“Lamentablemente se suspendió otra vez”, aseguró una de las hermanas de la joven que apareció muerta dentro de un calabozo en la comisaría de Laprida. Hay una sola oficial imputada bajo la caratula “incumplimiento de sus funciones”, aunque piden modificarla.

El padre, la madre y las hermanas de Daiana Abregú viajaron hasta los Tribunales de Azul para estar presente en el inicio del juicio


A casi cuatro años de la muerte violenta de Daiana Abregú en la Estación de Policía Comunal de Laprida, el martes 17 comenzó el juicio contra una sola oficial de la policía Bonaerense: Vanesa Soledad Núñez, quien cumplía la tarea de “imaginaria”, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El debate oral se lleva a cabo en el Juzgado en lo Correccional Nº 1 de Azul a cargo del juez Aníbal Norberto Álvarez.
Durante la primera audiencia, según informaron desde la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) quienes participan como querellantes institucionales en la causa, se hicieron las líneas de acusación y defensa, y comenzó la prueba con varias declaraciones testimoniales. Entre ellas, lo hicieron los cuatro policías que también estuvieron ese mismo día cumpliendo funciones en la comisaría y fueron absueltos en 2024.
El juicio debía continuar este miércoles 18, sin embargo, luego de la primera audiencia, el fiscal de la causa, Ignacio Calonje de la Unidad Fiscal Nº 24, presentó un escrito informando sobre un problema de salud y que debía realizarse una intervención quirúrgica de urgencia por lo que no podía estar presente. Ante ello, el juzgado decidió suspender el debate hasta nuevo aviso. “Prevemos que el fiscal va a poder retomar la audiencia dentro de los próximos diez días o se le nombrará algún sustituto dentro de ese plazo legal”, informó a este medio Augusto Infante, director del Programa de litigio estratégico de la CPM.

Daiana Abregú tenía 26 años, un hijo de 9 y pensaba mudarse a La Plata
“Lamentablemente se suspendió otra vez y es bastante frustrante no poder terminar de una vez por todas con esto”, manifestó Antonella a Pulso Noticias, una de las hermanas de Daiana. Y resaltó: “Pero bueno, ayer lo vimos bastante favorable y convencidos de que una (oficial) por lo menos tiene que pagar todo lo que mi hermana pasó ahí adentro”. Haciendo alusión de que su hermana no se quitó la vida, sino que la mató la policía.
Vale mencionar que se realizaron tres autopsias a lo largo de estos casi cuatro años. La primera fue realizada por la Asesoría Pericial del Departamento Judicial de Azul e informó que Daiana falleció producto de un paro cardíaco y que no presentaba otra lesión externa. Sin embargo, al insistir que nadie se “suicida en una comisaría” la familia logró una reautopsia, la cual se realizó en la Asesoría Pericial de La Plata y confirmó que la muerte de la joven fue por una “asfixia mecánica de sofocación”. Tras varias idas y vueltas judiciales, se estableció hacer una tercera a cargo de los peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la cual establecieron que la causal de muerte fue autoprovocada.
El 5 de juicio de 2022 Daiana fue detenida por una contravención en una celda que estaba prohibida para alojar a detenidos, en ese momento tenía 26 años, un hijo de 9 y los pasajes comprados para mudarse a La Plata. Tenía muchos planes para seguir viviendo, por eso la familia insiste que a ella la mataron, además de que le observaron los golpes que tenía en su cara cuando le entregaron el cuerpo todo maquillado.
LOS CUATRO ABSUELTOS
En marzo de 2024, la jueza de Garantías de Olavarría, Fabiana San Román, sobreseyó a cuatro de los policías bonaerenses que habían sido imputados en un principio por el delito de “homicidio triplemente agravado”.
Ellos son: Adrián Núñez, Pamela Di Bin, Juliana Zelaya y Leandro Fuhr, quienes prestaron declaración en el inicio del juicio y se contradijeron en diferentes secuencias. La familia patrocinada por el abogado Sergio Roldán no descarta la posibilidad de iniciar una nueva imputación contra ellos, y ampliar la actual.

Manifestación frente a la Estación de Policía Comunal de Laprida donde apareció muerta Daiana Abregú
LA UNICA IMPUTADA
Vanesa Soledad Núñez, oriunda de Laprida, es la única imputada en el juicio, sigue en funciones como miembro de la policía de la provincia de Buenos Aires. Ella en su última declaración -el 29 de febrero de 2024- describió su tarea de “imaginaria de calabozos” en la dependencia policial, y relató que tenía que vigilar a la persona detenida. En este caso, observó en todo momento a Daiana, aunque donde se encontraba ella no la veía, solo la escuchaba, o cada tanto veía sus pies. Para la oficial, ella cumplió sus tareas como se lo enseñaron en la fuerza. Sin embargo, Daiana apareció muerta.
La complicidad y el encubrimiento entre las fuerzas “de seguridad” es notable en todos los crímenes donde están involucrados. Ya son alrededor de 10.000 jóvenes asesinados y asesinadas por las diferentes fuerzas de seguridad en todo el país, desde la vuelta de la democria.
La CPM estableció en su presentación de la teoría del caso que Núñez debe responder penalmente por los delitos de “homicidio culposo en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”, ya que la muerte de Daiana fue el resultado de su accionar negligente; la agente tenía la obligación de garantizar la integridad física y la salud de la persona bajo su custodia pero desatendió su deber de cuidado. De allí que, en caso de ser condenada por esta calificación, la imputada podría recibir hasta 6 años de prisión, frente a los 2 años que implicaría el delito de incumplimiento.

La familia de Daiana Abregú se movilizó en La Plata. Foto Archivo Pulso Noticias, 22/06/2022.
En tanto, el abogado de la familia plantea esa misma línea debido a las inmensas irregularidades e intento de encubrimiento y ocultamiento que sufrieron en estos casi cuatro años de investigación.
Por último, para la CPM resulta urgente y fundamental que este juicio concluya con una condena teniendo en cuenta no solo que se abandonaron las tareas de seguridad y cuidado en el interior de un calabozo, sino que la causa estuvo plagada de irregularidades y dilaciones, que incluyeron la realización de las primeras diligencias por parte de la misma fuerza sospechada; diligencias procesales y medidas de prueba que fueron deficientes o tardaron en ser promovidas por el fiscal de instrucción Calonje; amenazas a los familiares de la víctima; entre otras.
Fuente: PULSO NOTICIAS – Estefanía Velo





