HCD: Sesión especial por viviendas ARE

Locales20/05/2026

El Concejo Deliberante de General La Madrid ha sido convocado para realizar mañana (21/5) la segunda sesión especial del periodo 2026, en la que se tratará la adjudicación de las 28 viviendas ARE.

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El orden del día previsto es el siguiente:

Punto 1º. Lectura y consideración del Decreto nº 18/26.-

Punto 2º. Del D.E Adjudicación 28 Viviendas Acceso General La Madrid. –

El proyecto de Ordenanza

Visto: La Ordenanza Municipal N°1710/15 por la cual se aprobó la cesión de lotes al Instituto de la Vivienda con el objetivo de construir viviendas por intermedio de la Entidad A.R.E.

El estado de ejecución de las 28 viviendas ubicadas en el Acceso a nuestra localidad; y,

Considerando:

Que la obra inicialmente se financió por parte del Instituto de la Vivienda, en el marco del “Programa Bonaerense II – Entidades”, habiéndose suscripto el Convenio Nº009-115-2016 entre dicho Organismo y la Asociación Civil A.R.E. – Asociación Regional de Emprendedores – 

Que dicho Convenio fue renegociado en el año 2021, mediante Convenio Nº09-044-2021.

Que pese a las renegociaciones entre las partes, y el cobro del anticipo financiero, la obra apenas alcanzó un 9,04% de avance físico, dando inicio a una nueva renegociación mediante Acta 2022-32294811-GDEBA-SSEODUYVMHYDUGP.

Que en el marco de la nueva renegociación, tomó intervención la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, emitiendo un informe en el cual advierte los resultados infructuosos de las tramitaciones previas, toda vez que la ejecución de la obra se encontraba paralizada.

Que ante ello, y los incumplimientos de la entidad promotora se declaró finalizado el proceso de renegociación, rescindiéndose mediante Resolución Nº 1439/23 los Convenios y adendas suscriptas con A.R.E.

Que en virtud de ello, el Departamento Ejecutivo luego de diversos encuentros con funcionarios del Instituto de la Vivienda logró gestionar la terminación de las mismas, por administración municipal, a través de un Convenio enmarcado en el “Programa de Terminaciones - Municipios”, el cual fue autorizado por el Honorable Concejo Deliberante, tramitando el mismo mediante Expte. 4043-1331/24.-

Que luego de 10 años, resulta un hecho de notable transcendencia para nuestra comunidad poder finalizar la construcción de las viviendas por administración municipal, posibilitando la instrumentación de mecanismos administrativos que promovieron la contratación de mano de obra local, así como la compra de gran parte de los materiales.

Que en esta instancia, corresponde proceder con la determinación de los beneficiarios de las mismas, debiendo considerarse que mediante la Ordenanza Nº1710/15 no sólo se aprobó la transferencia de las tierras al Instituto de la Vivienda para la construcción de dicho Plan de Viviendas, sino que en su Artículo 4º se determinó que “Los adjudicatarios de las distintas unidades habitacionales serán seleccionados por la Asociación Regional de Emprendedores, conforme las pautas establecidas por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y cumplimientos de los requisitos que estipula la Asociación Regional de Emprendedores…” 

Que A.R.E. en el 2016 seleccionó a las 28 familias, previo pago de una suma de dinero a favor de la Entidad.

Que dicho listado fue oportunamente enviado al área de Selección de Aspirantes del Instituto de la Vivienda a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos del organismo.

 Que en tal sentido no puede desconocerse que desde un inicio las viviendas ya tienen individualizados a sus beneficiarios, siendo intención del Departamento Ejecutivo respetar dicho listado, siempre que cumplan los requisitos establecidos por el Instituto de la Vivienda.

Que aquellas familias incluidas en el listado inicial, cuya situación se ha visto modificada desde el momento de su selección a la actualidad, han cedido sus derechos a otro grupo familiar que reúne actualmente los requisitos correspondientes.

Que en consecuencia es necesario el dictado del acto administrativo que apruebe el listado de los adjudicatarios de tales viviendas, a efectos de ser remitido al Instituto de la Vivienda para la realización de las Actas de Entrega de las mismas, previo sorteo de la ubicación respectiva.

Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza

Artículo 1º: Apruébese el listado de adjudicatarios de las 28 viviendas ubicadas en la Chacra 184 Parcela 1B de General La Madrid, que se acompaña como Anexo I de la presente.

Artículo 2º: Declárese de interés municipal la entrega de las viviendas mencionadas.

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar el sorteo de la ubicación de cada grupo familiar por acto púbico, debiendo remitirse copia a este Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento.

Artículo 4º: Realizado el sorteo dispuesto en el artículo precedente, remítase copia de la presente al Instituto de la Vivienda, a efectos de confeccionar las Actas de Entrega de las unidades habitacionales, y posterior Resolución de Adjudicación definitiva previa acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Organismo. 

Artículo 5º: Cúmplase, regístrese, archívese.

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