Chorizos y fitosanitarios

Locales07/10/2026

Los problemas originados a partir a partir del uso de recipientes de fitosanitarios para el traslado de alimentos, durante la celebración del aniversario del pueblo de La Colina y la difusión masiva de un video que da testimonio de lo ocurrido, mediante un proyecto de comunicación se propone concretar una reunión de todos los involucrados en los festejos para deslindar responsabilidades y esclarecer lo sucedido.


El texto del proyecto de comunicación
es el que transcribimos a continuación:

Visto: Los hechos de público conocimiento ocurridos durante los festejos por el aniversario de la localidad de La Colina, organizados por la Municipalidad de General La Madrid; el material audiovisual difundido públicamente relacionado con la elaboración, manipulación y traslado de alimentos destinados al consumo de los asistentes; el Comunicado Oficial posteriormente difundido por la Municipalidad de General La Madrid mediante el cual se reconoce lo sucedido y se asume la responsabilidad que compete a la gestión municipal en la supervisión y control de la organización del acontecimiento; los antecedentes oportunamente planteados respecto de la gestión de envases vacíos de productos fitosanitarios; y la necesidad de garantizar unidad de criterio, concepción y coherencia en las políticas públicas municipales vinculadas a la salud, la seguridad alimentaria, el ambiente y la prevención; yConsiderando:

Que las fiestas populares de nuestras localidades constituyen espacios fundamentales de encuentro, identidad, participación comunitaria y fortalecimiento de las instituciones;

Que la celebración del aniversario de La Colina representa una iniciativa que debe ser preservada, acompañada y fortalecida, garantizando su continuidad y crecimiento en futuras ediciones;

Que corresponde reconocer especialmente el compromiso, trabajo y buena voluntad de las instituciones, vecinos, vecinas y colaboradores que participaron de la organización y desarrollo de la celebración;

Que resulta imprescindible diferenciar claramente la tarea realizada de buena fe por quienes colaboraron con la celebración de las responsabilidades institucionales correspondientes al Estado Municipal en materia de organización, prevención, supervisión y control de un evento público;

Que posteriormente a la realización del evento tomaron estado público imágenes relacionadas con el traslado y manipulación de alimentos destinados al consumo de los asistentes, en las cuales se observa la utilización de recipientes identificados como pertenecientes a productos fitosanitarios;

Que la propia Municipalidad de General La Madrid, mediante Comunicado Oficial, reconoció posteriormente haber constatado que recipientes que pertenecieron a un producto fitosanitario fueron utilizados de manera inadecuada para el traslado de alimentos;

Que en dicho comunicado la gestión municipal manifestó asumir la responsabilidad que le compete en la supervisión y control de la organización del acontecimiento, informó encontrarse realizando las averiguaciones correspondientes para esclarecer lo sucedido y expresó su compromiso de extremar los controles en la manipulación de alimentos en futuros eventos;

Que dicho reconocimiento institucional debe constituir un punto de partida para avanzar en el esclarecimiento de los hechos, determinar dónde fallaron los mecanismos de prevención y control y adoptar medidas concretas que impidan su reiteración;

Que frente a una situación vinculada a la elaboración y traslado de alimentos destinados al consumo público, la respuesta institucional debe encontrarse basada en la transparencia, el esclarecimiento, la responsabilidad y la prevención;

Que las políticas públicas de salud, seguridad alimentaria, prevención y cuidado ambiental requieren unidad de criterio y concepción, garantizando coherencia entre aquello sobre lo que el Estado informa y concientiza a la comunidad y las prácticas, controles y procedimientos que efectivamente implementa en las actividades bajo su responsabilidad;

Que la convocatoria propuesta mediante la presente resolución  no pretende controvertir ni partidizar el reconocimiento efectuado por el Departamento Ejecutivo, sino generar el ámbito institucional correspondiente para conocer el resultado de las averiguaciones anunciadas, escuchar a las áreas intervinientes y a los sectores que previamente plantearon la problemática, y trabajar conjuntamente sobre las medidas preventivas necesarias;

Que los acontecimientos ocurridos deben constituir una oportunidad para revisar lo actuado, escuchar a los distintos sectores, fortalecer las políticas públicas y construir soluciones que permitan evitar situaciones similares;

Que esclarecer lo sucedido constituye también una manera de defender a La Colina, defender su fiesta y cuidar a las instituciones, vecinos y colaboradores que trabajan para hacerla posible, evitando que un hecho lamentable termine perjudicando una celebración que pertenece a toda la comunidad;

Que el Honorable Concejo Deliberante, como órgano representativo de la comunidad y de control del Departamento Ejecutivo, debe generar los ámbitos institucionales necesarios para escuchar, esclarecer, aprender de lo sucedido y construir soluciones;

Por ello: El Concejo Deliberante de General La Madrid en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Resolución

ARTÍCULO 1°: Expresar su profunda preocupación ante los hechos de público conocimiento ocurridos durante el traslado y manipulación de alimentos destinados al consumo de los asistentes a los festejos por el aniversario de la localidad de La Colina, reconocidos posteriormente por el propio Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 2°: Manifestar expresamente que los hechos señalados no deben menoscabar el valor de la celebración ni el compromiso, trabajo y buena voluntad de las instituciones, vecinos, vecinas y colaboradores de La Colina, expresando la voluntad de este Honorable Cuerpo de preservar, acompañar y fortalecer la continuidad de dicha fiesta en futuras ediciones.

ARTÍCULO 3°: Solicitar al Presidente del Honorable Concejo Deliberante que convoque, a la mayor brevedad posible, a una reunión conjunta de las Comisiones que resulten competentes, invitando a participar a las autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal y particularmente a los funcionarios responsables de la organización del evento y de las áreas de Bromatología, Salud, Ambiente, Producción y toda otra dependencia que hubiera tenido intervención. Asimismo invítese a representantes de instituciones y sectores empresariales  vinculados a la actividad agroindustrial que puedan aportar elementos técnicos y propuestas relacionadas con la gestión de envases vacíos de productos fitosanitarios.

ARTÍCULO 4°: Establecer que dicha reunión tendrá como finalidad conocer y esclarecer las circunstancias de los hechos ocurridos durante los festejos de La Colina; conocer el resultado de las averiguaciones anunciadas públicamente por el Departamento Ejecutivo; analizar los antecedentes y actuaciones desarrolladas respecto de la problemática de los envases vacíos de productos fitosanitarios; escuchar a los actores involucrados; y analizar conjuntamente medidas de prevención y soluciones para su adecuada gestión en el distrito.

ARTÍCULO 6°: Manifestar la necesidad de garantizar unidad de criterio, concepción, coherencia y continuidad en las políticas públicas municipales de salud, seguridad alimentaria, prevención y cuidado ambiental, procurando que las acciones de información y concientización dirigidas hacia la comunidad encuentren plena correspondencia con las prácticas, protocolos, controles y procedimientos implementados por el propio Estado Municipal.

ARTÍCULO 7°: Expresar la necesidad de generar instancias de diálogo y trabajo conjunto entre el Departamento Ejecutivo, el Honorable Concejo Deliberante, instituciones, productores, profesionales, representantes del sector agroindustrial y demás actores involucrados, con el objeto de avanzar en soluciones concretas para la correcta gestión y disposición de los envases vacíos de productos fitosanitarios.

ARTÍCULO 8°: Reafirmar que el esclarecimiento de los hechos, la determinación de las fallas que pudieran haberse producido y la implementación de medidas preventivas tienen como finalidad primordial proteger la salud de la comunidad, fortalecer las  responsabilidades del Estado y garantizar que la Fiesta de La Colina pueda continuar desarrollándose y creciendo en condiciones adecuadas de seguridad.

ARTÍCULO 9°: De forma.

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