


En la Legislatura Nacional, con el paso del tiempo, se han ido presentando numerosos y diversos proyectos para modificar el actual sistema electoral, incluyendo boletas únicas.


En la última sesión del Concejo Deliberante local se debatió un proyecto de Resolución para dar apoyo a la utilización de una boleta única de papel.
El tema fue analizado y si bien hubo coincidencias en la necesidad de modernizar el actual sistema, la concejal Caballero, bocera del Frente de Todos, consideró que en un año electoral no son convenientes las modificaciones, razón por el cual el proyecto se resolvió favorablemente solo con el voto de los concejales oficialistas.
El texto aprobado fue el que transcribimos a continuación: “Visto: Ley N° 19.945 Código Electoral Nacional; la Ley N° 26.215 sobre Financiamiento de Partidos Póliticos y la Ley N° 26.571 de Democratización de la Representación Pólitica, la Transparencia, y Equidad Electoral, y Considerando:
Que la primera aplicación de la Boleta Única de Papel se remonta a 1856 en Australia. Hoy es utilizada en casi toda Europa; en nuestro continente, sólo Uruguay y Argentina mantienen el sistema de boletas partidarias. Esto representa una verdadera excepción en Latinoamérica, dónde predomina el sistema de boleta única cómo en Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Mexico y Nicaragua. En Chile se emite el sufragio mediante “ cédulas electorales”, en Perú se denominan “ cédulas de sufragio”, en Panamá se utiliza una “ boleta única de votación, mientras que en Paraguay se denominan “ boletines únicos”.
Que en la República Argentina la primer Provincia en implementar la Boleta Única de Papel ( BUP), fue Santa Fe a través de la Ley N° 13.156. La segunda Provincia en utilizar éste sistema fue Córdoba mediante la Ley N° 9.571.
Que la Cámara Nacional Electoral (CNE), en varias oportunidades ha manifestado la necesidad de que exista un debate sobre el instrumento utilizado para expresar la voluntad del electorado. En efecto tiene dicho “ ha llegado el momento de mencionar y reflexionar sobre otro de los sistemas de votación, el de la boleta única suministrada por el tribunal electoral […] que se utiliza en nuestro país para los electores privados de libertad y para los argentinos residentes en el exterior”. También, dicho tribunal anteriormente había expresado “ su convencimiento acerca de la necesidad de que se estudiasen posibles adecuaciones normativas que fortalezcan la calidad y la transparencia de los procesos electorales”.
Que el sistema de Boleta Única de Papel otorga transparencia e igualdad al sistema electoral, representa de manera más fidedigna la elección de los votantes al eliminar prácticas cómo el denominado “ voto cadena” o la adulteración, destrucción o robo de boletas. Siendo otro de los beneficios de éste sistema el de garantizar la presencia de la totalidad de la oferta el día de los comicios en cada centro de votación, ya que el Estado pasa a ser el responsable de la impresión y distribución de las boletas.
Que la transparencia del proceso se fortalece además porque la única persona que tendrá en su poder las boletas será la autoridad de cada mesa electoral, quién la entregará a cada elector al momento de presentarse para votar.
Que otra de las ventajas está relacionada a la economía de recursos ya que evitan la multiplicación de impresión de boletas, que en el caso de algunos partidos se multiplican por el equivalente a tres o cuatro padrones electorales, además de las que de por sí financia el Estado de acuerdo al régimen electoral vigente.
Que desde lo ambiental también se encuentran ventajas por lo dicho anteriormente y sumando a eso la de prescindir de sobres al momento de emitir el voto.
Que por todo esto resulta más compatible con los requerimientos de cuidado y distanciamiento social que demanda la pandemia del COVID 19.
Que por las razones mencionadas anteriormente muchos de los proyectos presentados promueven también la modificacion de la ley N° 26.215 de Financiamiento de los Partidos Politicos, ya que la supresión de la boleta partidaria torna innecesaria la asignación específica destinada a financiar la impresión de las mismas.
Que en materia de equidad, ésta no está supeditada a los partidos politicos, sino que en muchos de los proyectos existentes, se establece la utilización de plantillas de papel transparente con leyendas en alfabeto Braille y ranuras sobre los casilleros, que al ser colocadas encima, les permite a las personas no videntes realizar su voto de manera independiente y secreta, tal cómo lo establece la Constitución Nacional.
Que el interés de implementar la boleta única no es nuevo, pero ha tomado mayor fuerza en los últimos años con un acompañamiento amplio de la sociedad civil y entre diversos partidos póliticos, ya sean del oficialismo o de la opsosición , algo que puede observarse fácilmente en las firmas que rubrican los proyectos actuales y aquellos que han perdido estado parlamentario. Esto demuestra un consenso, tanto en la sociedad cómo en la politica, que sólo resta plasmar en Ley.
Que el Honorable Concejo Deliberante de Gral. La Madrid, considera que éste es el momento ideal para introducir éste cambio en el sistema electoral.
Que las elecciones legislativas tienen una menor cantidad de categorías a elegir y de la mano de una correcta campaña de difusión, la transición puede llevarse adelante de la mejor manera posible y al menor costo.
Por ello: el Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Resolución:
Artículo 1°: Apoyar la modificación al sistema electoral de la Nación, en favor de la utilización de la Boleta Única de Papel.
Artículo 2°: Dirigirse a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, con la finalidad de que los proyectos que fueron presentados por los diferentes bloques pudieran unificarse a fin de dar tratamiento y aprobación a la herramienta electoral Boleta Única de Papel, para que pueda ser incorporado en las elecciones legislativas del corriente año.
Artículo 3°: De forma.
Firman: Rosa Aranzazu, Santiago Cortázar, Marcela Figueroa, Ariadna Guarino, Germán Martín, Julieta Palacios, Santiago Scabuzzo y Karina Zárate.