Comunidad sin violencia

Locales 22/09/2021

En la sesión ordinaria del Concejo Deliberante convocada para el jueves 23 de setiembre, deberá tratarse el proyecto de ordenanza por el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Programa “Comunidades sin violencia, Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género”

El texto completo del proyecto mencionado es el siguiente:

VISTO: Que por Expte. 4043-3967/21, se solicita autorización para suscribir el Programa “Comunidades sin Violencia Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violaciones de Genero” entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de General La Madrid; y CONSIDERANDO:             

           Que el programa tiene como finalidad ampliar la capacidad de respuesta municipal en la prevención, asistencia y atención de las violencias, en pos de trabajar por el respeto al derecho humano a vivir una vida libre de violencias y discriminaciones. 

          Que se apunta fortalecer las intervenciones, al proponerse aumentar la capacidad de respuesta municipal en la asistencia y atención, con el objetivo de realizar abordajes integrales y sostenidos en el tiempo. 

         Que dicho programa propone la articulación del estado Provincial a través del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Genero y Diversidad Sexual y el Municipio mediante áreas de genero dependientes del departamento ejecutivo, para la construcción de un trabajo en red en clave territorial, permitiendo dicha modalidad el intercambio de experiencias, de información, distribución de recursos, construcción de planes de acción en conjunto y la coordinación de instituciones organizaciones y sectores para alcanzar un objetivo compartido. 

            Que en miras de cumplir con los objetivos del programa, las partes se comprometen a desarrollar los distintos ejes de trabajos y lineamientos previstos en la cláusula segunda del mismo. 

             Que el Ministerio otorgara fondos de acuerdo a las líneas de Gestión del Programa, las cuales son: Línea 1. Fortalecimiento de los dispositivos municipales de atención de las violaciones por razones de género. Línea 2. Equipamiento y funcionalización de Hogares de Protección integral y Casas Abiertas. Línea 3. Acceso al trabajo para mujeres y LGTBI+ en proceso de salida de violencias por razones de géneros.  

           Que la clausula quinta establece la designación de la persona encargada y responsable del uso de los fondos, quien deberá ser la máxima autoridad del área de Mujeres y/o Genero Municipal siendo en dicho caso la Sra. Schell Roció Antonella, DNI 36.575.130.

            Que se deberán presentar informes de avance y final conforme a los adelantos que conlleva el cumplimiento efectivo de la ejecución de acuerdo a los fondos transferidos por línea de gestión y a cada una de las etapas de utilización de los mismos. 

             Que es facultad del H.C.D dar tratamiento a lo solicitado conforme el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia. de Bs. As.   POR ELLO:  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL LA MADRID EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA 

ARTICULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir el Programa “Comunidades sin violencia. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Genero” entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y La Municipalidad de General La Madrid, se adjunta como ANEXO, a los fines mencionados en los considerados en el presente. 

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, regístrese, archívese. 

 

 

 

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