


El bloque de Concejales del Frente de Todos ha presentado un proyecto de Ordenanza que será debatido en el transcurso de la sesión convocada para esta noche (9/6).


El mismo está relacionado al control de calidad del agua que consume la población de nuestra ciudad y las demás localidades del distrito.
Los fundamentos del proyecto y la parte resolutiva del mismo es lo que transcribimos a continuación:
VISTO: La importancia de que la comunidad se informe acerca de toda la temática del agua de consumo y sepa los resultados de los análisis físico-químicos y bacteriológicos de la misma; y
CONSIDERANDO: Que la salud y cuidado del medio ambiente deben ser prioritarios al momento de diseñar las políticas llevadas a cabo desde un Municipio.
Que el control de calidad del agua es un tema de Estado que hace al interés de toda la población.
Que es un derecho de la Comunidad tener libre acceso a la información en temáticas relevantes.
Que el Marco Regulatorio de la Ley 11820 menciona esta cuestión.
Que la sumatoria de datos producirá información estadística importante sobre la variación de la calidad, la necesidad de llegar con red de agua potable a todos los sectores de la población, sobre las trazas residuales de productos agroquímicos en los pozos, contaminación en napas, etc.
Por ello: el Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid, en uso de las facultades otorgada por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de: Ordenanza
ARTÍCULO 1º: El Departamento Ejecutivo solicitará a la Empresa ABSA SA. los análisis bacteriológicos y químicos del agua potable que consume nuestra Comunidad de La Madrid y los publicará en su página oficial, creándose una sección especial para este fin referida a toda la temática del agua para consumo.
ARTÍCULO 2º: En el caso de que la Empresa no los provea, el Departamento Ejecutivo realizará los análisis Trimestralmente, indicando lugar de extracción, fecha de realización del análisis, método utilizado, resultados y valores máximos permitidos de los distintos componentes tales como arsénico, PH, cloruros, sulfatos, conductividad, nitratos, dureza total entre otros.
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo hará realizar, en forma trimestral, pruebas Químicas y Bacteriológicas de agua en las plantas propias que proveen el servicio en Las Martinetas, La Colina y Líbano. Las mismas se realizarán a través de un Profesional bioquímico externo a la Planta de Personal Municipal, quien no informará en forma anticipada el día de realización de la prueba. En las mismas se indicará lugar de extracción, fecha de realización del análisis, método utilizado, resultados y valores máximos permitidos de los distintos componentes tales como arsénico, PH, cloruros, sulfatos, conductividad, nitratos, dureza total entre otros. Los resultados serán publicados en la sección de difusión indicada.
ARTICULO 4º: Bi-anualmente se realizará un completo análisis de residuos de herbicidas/agroquímicos sobre el caudal de agua que se consume en La Madrid y las localidades del Distrito. A tal fin se autoriza al Departamento Ejecutivo a firmar convenios de colaboración con otros Organismos del Estado o del sector Privado
ARTÍCULO 5º: El Departamento Ejecutivo realizará muestras al azar en diferentes hogares de diferentes barrios del Partido para analizar química y bacteriológicamente el agua que consumen quienes no poseen acceso a la red de Agua Potable. Los mismos, que deberían realizarse en una cantidad representativa, se informarán trimestralmente en la sección antes mencionada.
ARTICULO 6º: De forma

