Juegos Bonaerenses 2024: Asignan fondos a los Municipios

Provinciales04/10/2024

Mediante el Decreto 1999 publicado en la edición del día 3 de octubre del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, se resolvió el otorgamiento de aportes no reintegrables a los municipios, para que estos financien la participación en la etapa final de los Juegos Bonaerenses 2024, que se realizarán del 28 de octubre al 2 de noviembre, en la ciudad de Mar del Plata.

El monto total que el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad deberá distribuir, asciende a la suma de $1.975.854.375,00, correspondiendo a General La Madrid la cantidad de $. 14.850.000,00.

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Será esta la 33 edición de la tradicional competencia, que para esta oportunidad cuenta con más 100 disciplinas deportivas y culturales para Juveniles, Adultos Mayores,  Personas con Discapacidad y Trasplantadas.

DECRETO Nº 1999/2024 

LA PLATA, BUENOS AIRES. Domingo 29 de Septiembre de 2024 

VISTO el expediente EX-2024-28005077-GDEBA-SSDMDCGP del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, por el cual tramita el otorgamiento de aportes no reintegrables a favor de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, individualizados en el Anexo Único del presente, con el fin de atender el gasto en concepto de Anticipo de Apoyo Económico con destino a la Etapa Final de la 33º Edición de los Juegos Bonaerenses 2024 para el alojamiento de las Delegaciones Finalistas, y 

CONSIDERANDO: Que la Ley N° 15.477 otorga al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad la facultad, entre otras, de intervenir en el diseño e implementación de políticas de recreación y entretenimiento que tengan como objetivo la contención social y el desarrollo comunitario y del deporte en sus diferentes disciplinas y modalidades;

 Que por Decreto N° 77/20, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del mencionado Ministerio, estableciendo las misiones de la Subsecretaría de Deportes, en su Anexo II, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 15.477; 

Que, entre las misiones asignadas a la referida Subsecretaría, se encuentra la de diagramar e implementar los Juegos Bonaerenses en coordinación con los distintos Municipios, a través de la Dirección de Juegos Bonaerenses, dependiente de la Dirección Provincial de Torneos y Eventos Deportivos; 

Que mediante el Decreto N° 905/23 se creó, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, el Programa Juegos Bonaerenses, conforme los lineamientos del Anexo Único (IF-2023-15351861-GDEBA-SSDMDCGP); 

Que, en esta instancia, la Dirección de Juegos Bonaerenses solicita se gestione el pertinente apoyo a los Municipios de la Provincia para solventar los gastos que demande el alojamiento de las Delegaciones Finalistas, de acuerdo a lo detallado en el Anexo Único (IF-2024-28011401-GDEBA-SSDMDCGP); 

Que, en consecuencia, deviene oportuno transferir, en concepto de aporte no reintegrable, la suma total de pesos un mil novecientos setenta y cinco millones ochocientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco ($1.975.854.375,00), con el fin de que los Municipios solventen los gastos que demande la mencionada etapa; 

Que la Dirección de Contabilidad efectuó la correspondiente solicitud del gasto, contemplada en el Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394 prorrogado para el Ejercicio 2024 en los términos del Decreto N° 12/24; Que el Ministro de Desarrollo de la Comunidad ha prestado conformidad a la gestión incoada; 

Que se han expedido favorablemente la Subsecretaría de Deportes, la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, ambas del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, la Dirección de Subsidios y Subvenciones, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaria de Hacienda, todas dependientes del Ministerio de Economía, y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General; Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; 

Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA 

ARTÍCULO 1º. Otorgar aportes no reintegrables a favor de los Municipios consignados en el Anexo Único (IF-2024- 28011401-GDEBA-SSDMDCGP), que forma parte integrante del presente, conforme a los importes que en cada caso se indican, por la suma total pesos un mil novecientos setenta y cinco millones ochocientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco ($1.975.854.375,00), en concepto de Anticipo de Apoyo Económico con destino a la Etapa Final de la 33º Edición de los Juegos Bonaerenses 2024. 

ARTÍCULO 2º. Autorizar al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, a través de sus áreas correspondientes, a ejecutar el gasto que demande el pago de los aportes no reintegrables otorgados por el artículo precedente, y a realizar las correspondientes transferencias a favor de los Municipios consignados en el Anexo Único.

 ARTÍCULO 3º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Jurisdicción 18 - Programa 17 - Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 3 - Partida Parcial 2 - Subparcial 902 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Ubicación Geográfica 999. Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394 prorrogado para el Ejercicio 2024 en los términos del Decreto N° 12/24, por un total de pesos un mil novecientos setenta y cinco millones ochocientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco ($1.975.854.375,00). 

ARTÍCULO 4º. Los Municipios beneficiarios deberán rendir cuenta ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 21, Capítulo III, Título II del Anexo I del Decreto N° 124/2023. 

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad, Economía y Gobierno. 

ARTÍCULO 6º. Comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar a la Subsecretaría de Deportes a sus efectos. Cumplido, archivar. Andres Larroque, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

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