Transparencia

Hoy x Hoy11/01/2021Pedro GuillardoyPedro Guillardoy

La Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública ASAP es un organismo que realiza estudios y publica informes relacionados al cumplimiento de los distintos municipios del País a las disposiciones de transparencia administrativa.

Cuando se hace referencia a la transparencia, se debe entender que no se cuestiona otra cosa que no sea la falta de publicación de la marcha económica del municipio  y  el hecho que se dejan de cumplir  disposiciones legalmente establecidas.

Aunque el texto excede la habitual extensión de esta columna, me pareció que valía la pena transcribir textualmente algunos pasajes del Informe 8 de ASAP, fechado en La Plata en el pasado mes de diciembre.

“El denominado Informe de Transparencia Fiscal Municipal en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires abreva en la visibilidad y disponibilidad de los presupuestos y de la ejecución de los mismos, en las respectivas páginas web oficiales de cada municipalidad, entendiendo que el fácil acceso web del ciudadano a dicha información presupuestaria, económico financiera y de comportamiento fiscal municipal, constituye no sólo una política de transparencia que deben darse los Estados locales, sino un insumo fundamental para la toma de decisiones democrática de sus poblaciones.

 Metodología y Marco Normativo La Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) se propone realizar semestralmente, al finalizar los meses de abril y de octubre, un monitoreo en sitios web oficiales, razonablemente accesibles, que permitan el seguimiento sistemático y la evaluación de la información fiscal y presupuestaria publicada por los municipios bonaerenses. A tal efecto y con el objeto de poder realizar una comparación entre las jurisdicciones municipales, se ha elaborado un Índice de transparencia y visibilidad que pondera los diferentes requerimientos establecidos para este Informe….

Cabe mencionar entonces que la Ley provincial N° 13.295 estableció la adhesión de la Provincia de Buenos Aires a la Ley N° 25.917 de Responsabilidad Fiscal; y que entre otras cuestiones, en su artículo 2°, invita a los municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a las modificaciones, sustituciones e incorporaciones establecidas al Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal. En la actualidad, más de un centenar de distritos bonaerenses se encuentran adheridos a ese régimen, hoy parcialmente suspendido. 

Así, el plexo normativo relevante para el presente trabajo, que a efectos del presente análisis oficia de disparador de la información a relevar, se establece en la Ley N° 13.295 y modificatoria, y puede sintetizarse en:

 1) El artículo 3° determina que dentro de los treinta (30) días posteriores a que el Gobierno Provincial presente el marco macrofiscal para el ejercicio siguiente (resultado primario y financiero, proyección de recursos, etc.), para lo cual cuenta con hasta treinta (30) días después de presentado el presupuesto provincial, los municipios deberán elevar sus proyectos de Presupuestos para el próximo ejercicio, junto con proyecciones de los Presupuestos Plurianuales para el trienio siguiente1.

 2) El artículo 4° fija plazos de publicación de la información fiscal municipal: 

a. Publicará en su página web el Presupuesto, una vez aprobado, o en su defecto, el Presupuesto Prorrogado, hasta tanto se apruebe, y las proyecciones plurianuales. 

b. Con un rezago de un trimestre, difundirá información trimestral de la ejecución presupuestaria, del gasto clasificado según finalidad y función (base 1 La Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece como fecha límite para la presentación del Presupuesto el 31 de agosto. Pese a ello y como el Gobierno Nacional es quien establece los parámetros macrofiscales, y recién eleva su presupuesto el 15 de septiembre; en general la Provincia espera contar con esos datos para poder efectuar las proyecciones del año siguiente. En los últimos ejercicios, los presupuestos fueron girados a la Legislatura Provincial a finales de octubre, por ende y siguiendo con estos plazos, los municipios estarían remitiendo los suyos a los Concejos Deliberantes, aproximadamente a fines de cada año. Sin embargo, en el Decreto-Ley 6769/58, Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 109 establece que corresponde al Departamento Ejecutivo proyectar las ordenanzas impositivas y el presupuesto de gastos y recursos, debiendo remitirlo al Concejo con anterioridad al 31 de octubre de cada año.  

c. Con igual alcance, el nivel de ocupación del sector público al 31 de diciembre y al 30 de junio de cada año con rezago de un trimestre. 

Resultados Obtenidos al 31 de octubre de 2020 

De acuerdo a la información relevada en el período de búsqueda, del 31 de octubre al 9 de noviembre del corriente ejercicio, se procedió a clasificar a los municipios en cuatro grupos: 

a) los de alto cumplimiento (75 a 100); 

b) los de cumplimiento medio (40 a 75)

c) los de bajo o regular cumplimiento (5 a 40) 

d) los de nulo cumplimiento (de 0 a 5).

Los municipios de Carlos Tejedor, Chascomús, Chivilcoy, La Matanza, Saavedra, San Cayetano, Tres Arroyos, Junín, Tandil, Tres de Febrero, General Madariaga y Rauch, integran el grupo a

El segundo grupo. En este caso se aprecia un menor nivel de información publicada y de plazos requeridos por las normas vigentes, aunque en líneas generales presentan el Presupuesto 2020 y la Situación Económico Financiera al primer semestre de 2020 (e incluso algunos al tercer trimestre de 2020). Ello configura un esfuerzo de dar cierta visibilidad a la información fiscal municipal, a pesar del contexto de pandemia y la ASPO

El tercer grupo (bajo o regular cumplimiento) continúa siendo el más numeroso. 

Finalmente, el último grupo (nulo cumplimiento) se compone de aquellos municipios que a la fecha del relevamiento, se encuentran en situación de incumplimiento, no publicando vía web,  la información económica financiera del ejercicio en curso y en ningún caso el presupuesto vigente

Conclusiones de la información al 31 de octubre de 2020 De acuerdo a la información presentada, doce (12) municipios llegan a un nivel alto en el índice de transparencia y exposición, veintisiete (27) a nivel medio, sesenta y siete (67) a nivel bajo o regular, y los restantes (29) a un nivel nulo de información.

Reiterando que lo cuestionable es la falta de publicación de los “números” del Municipio, cabe agregarse que la Municipalidad de General La Madrid integra el grupo “d” y por consiguiente registra 0 puntos.

Hasta mañana

 

 

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